IRAV: el índice del INE para actualizar los alquileres de vivienda

La calculadora parte de una cláusula que remite al IRAV; cambia la opción si tu contrato nombra el IPC o no dice nada.

El Índice de Referencia para la Actualización Anual de los Contratos de Arrendamiento de Vivienda, el IRAV, es un índice que elabora el INE solo para los alquileres de vivienda. Su último valor publicado, el de septiembre de 2026, es una variación anual del 2,54 %, frente a un IPC general del 4,9 % el mismo mes. La serie empieza en noviembre de 2024 con un 2,20 % y, desde entonces, se ha movido entre el 1,98 % de marzo de 2025 y el 2,54 % de septiembre de 2026: mucho menos que el IPC. El IRAV interviene de dos maneras según el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Primero, cuando el contrato prevé una actualización pero no dice con qué índice, la renta se actualiza con el IRAV. Segundo, en los contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023, sea cual sea el índice pactado, la subida no puede superar el IRAV del mes de referencia, que es el último publicado en la fecha de actualización.

¿Renta por encima del índice de referencia?

Renta desde noviembre de 2026

969,00 €

+19,00 € al mes · +228,00 € al año

Tope del 2 % del Real Decreto-ley 29/2026 (anualidad entre el 8/10/2026 y el 31/12/2027, sin nuevo pacto).
Mes de referenciaseptiembre de 2026
IPC general, variación anual4,9 %
IRAV, variación anual2,54 %
Subida aplicada2,00 %
Nueva renta969,00 €
Hipótesis del cálculo

Índices del INE. El Real Decreto-ley 29/2026 está en vigor desde el 8 de octubre de 2026 y debe ser convalidado por el Congreso: si se deroga, su tope del 2 % deja de aplicarse. Los contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023 conservan el índice pactado. Método y fuentes

Revisado por Radif Partners · Política editorial · Método y fuentes

Todos los valores del IRAV publicados

Fuente: INE, serie IRAV1 (total nacional, variación anual) y serie IPC290750. Consultadas el 24 de octubre de 2026.
MesIRAVIPC general
septiembre de 20262,54 %4,9 %
agosto de 20262,47 %4,3 %
julio de 20262,49 %3,6 %
junio de 20262,44 %3,2 %
mayo de 20262,48 %3,2 %
abril de 20262,40 %3,2 %
marzo de 20262,47 %3,4 %
febrero de 20262,16 %2,3 %
enero de 20262,14 %2,3 %
diciembre de 20252,32 %2,9 %
noviembre de 20252,29 %3,0 %
octubre de 20252,25 %3,1 %
septiembre de 20252,22 %3,0 %
agosto de 20252,19 %2,7 %
julio de 20252,15 %2,7 %
junio de 20252,10 %2,3 %
mayo de 20251,99 %2,0 %
abril de 20252,09 %2,2 %
marzo de 20251,98 %2,3 %
febrero de 20252,08 %3,0 %
enero de 20252,19 %2,9 %
diciembre de 20242,28 %2,8 %
noviembre de 20242,20 %2,4 %

Qué cambia el IRAV en una renta de 1.000 €

Con el último dato, una renta de 1.000 € al mes que se actualizara con el IRAV de septiembre de 2026 subiría 25,40 € al mes; con el IPC del mismo mes, 49,00 €. La diferencia, multiplicada por doce, es lo que separa a un contrato firmado antes de mayo de 2023 de uno posterior con la misma cláusula de IPC. Para ver los tres porcentajes a la vez con tu renta, usa el comparador de subida del alquiler.

El IRAV y el tope del 2 %

El IRAV no deja de aplicarse con el Real Decreto-ley 29/2026: los dos topes se suman. En una anualidad que se cumple entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, la subida de un contrato posterior a mayo de 2023 es la más baja de las tres cifras: el índice pactado, el IRAV y el 2 % (o el nuevo pacto). Si la renta supera el índice de precios de referencia de la zona, no hay subida. Las condiciones completas están en la página del límite de subida.

La regla del IRAV figura en el artículo 18.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Para un calendario mes a mes de las actualizaciones de este año, consulta el IPC del alquiler en 2026.

Preguntas frecuentes

¿En qué se diferencia el IRAV del IPC general?

Son dos índices distintos del INE. El IPC mide la evolución del conjunto de los precios de consumo; el IRAV es un índice creado solo para actualizar los contratos de vivienda. Desde su creación ha variado bastante menos: en septiembre de 2026 el IPC general sube un 4,9 % y el IRAV un 2,54 %. Su método de cálculo está en la nota metodológica del INE, enlazada al pie.

¿Se aplica el IRAV a un contrato firmado en 2021 con cláusula de IPC?

No como índice ni como tope. Un contrato firmado antes del 26 de mayo de 2023 conserva el índice pactado, normalmente el IPC general. Solo si su cláusula no nombra ningún índice se actualiza con el IRAV. Eso sí, para anualidades entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 el Real Decreto-ley 29/2026 lo limita igualmente al 2 % salvo nuevo pacto.

¿El IRAV se publica con la misma fecha que el IPC?

Sí, el INE lo difunde en las mismas fechas que el IPC, hacia mediados del mes siguiente al mes medido. El valor de septiembre de 2026 ya está publicado; el del mes siguiente aún no. El IRAV tiene dos decimales, el IPC uno, y la calculadora usa siempre el mes de referencia que corresponde a la fecha del aniversario del contrato.

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Fuentes oficiales

Escrito por

Editor de calculadoras de actualización de la renta · IPC, IRAV y límites legales en España

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