Subida del alquiler: IPC, IRAV o 2 %, las tres cifras lado a lado
Introduce tu renta y la fecha de firma: verás la subida con cada índice y, en la última línea, la que realmente se aplica.
Para una misma renta, la subida anual puede tomar hoy tres valores. Con el último dato del INE, el de septiembre de 2026, una renta de 1.000 € al mes sube 49,00 € con el IPC general (4,9 %), 25,40 € con el IRAV (2,54 %) y 20 € con el tope del 2 %; en este mes el IPC da la subida más alta, el IRAV la intermedia y el 2 % la más baja. Cuál de los tres te corresponde depende de dos fechas. La de firma decide si el IRAV hace de tope: lo hace en los contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023. La del aniversario decide si se aplica el Real Decreto-ley 29/2026: entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, a falta de nuevo pacto, nadie sube más del 2 %, y una renta por encima del índice de precios de referencia no sube nada. Fuera de ese periodo, el contrato antiguo con IPC sube el IPC entero.
Renta desde noviembre de 2026
969,00 €
+19,00 € al mes · +228,00 € al año
| Con el IPC de septiembre de 2026 (4,9 %) | 996,55 € |
| Con el IRAV de septiembre de 2026 | 974,13 € (2,54 %) |
| Con el tope del 2 % | 969,00 € |
| Lo que se aplica a tu contrato | 969,00 € |
Hipótesis del cálculo
Índices del INE. El Real Decreto-ley 29/2026 está en vigor desde el 8 de octubre de 2026 y debe ser convalidado por el Congreso: si se deroga, su tope del 2 % deja de aplicarse. Los contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023 conservan el índice pactado. Método y fuentes
Revisado por Radif Partners · Política editorial · Método y fuentes
Qué cifra se aplica a cada contrato
| Contrato de vivienda | Aniversario hasta el 7/10/2026 | Aniversario del 8/10/2026 al 31/12/2027 |
|---|---|---|
| Firmado antes del 26/5/2023, cláusula de IPC | IPC del mes de referencia | Lo menor entre el IPC y el 2 % |
| Firmado desde el 26/5/2023, cláusula de IPC | Lo menor entre IPC e IRAV | Lo menor entre IPC, IRAV y 2 % |
| Cláusula sin índice | IRAV | Lo menor entre IRAV y 2 % |
| Sin cláusula de actualización | Sin subida | Sin subida |
| Renta por encima del índice de referencia | Según el contrato | Sin subida |
Subida mensual con los datos de septiembre de 2026
| Renta actual | Con IPC (4,9 %) | Con IRAV (2,54 %) | Con el 2 % |
|---|---|---|---|
| 600 € | 29,40 € | 15,24 € | 12,00 € |
| 900 € | 44,10 € | 22,86 € | 18,00 € |
| 1200 € | 58,80 € | 30,48 € | 24,00 € |
| 1800 € | 88,20 € | 45,72 € | 36,00 € |
El comparador de arriba repite esta cuenta con tu renta y con el mes de referencia que corresponde a tu aniversario, que no siempre es el último publicado: un contrato que cumple años el 1 de diciembre usará el dato de octubre, aún pendiente a finales de octubre de 2026.
Un tope que puede desaparecer
El 2 % procede del Real Decreto-ley 29/2026, en vigor desde el 8 de octubre de 2026 y pendiente de convalidación en el Congreso. Si no se convalidara, la tercera columna dejaría de aplicarse y volverían a regir solo el índice del contrato y el IRAV. Los detalles, en el límite de subida del alquiler; el calendario de 2026, en el IPC del alquiler mes a mes.